Seguritecnia 509
Central Receptora de alarmas probar de forma remota y bidireccional el estado de los diferentes dispositivos del sistema de seguridad, por lo que las revisiones de estos sistemas podrían realizarse de forma remota sin la nece- sidad del desplazamiento del servicio técnico. A veces, la revisión requerirá el desplazamiento de dicho servicio técni- co porque es necesario en determinadas circunstancias, que deberían dejarse a la discrecionalidad de la empresa de seguridad que tiene encargado el man- tenimiento. En este sentido, ya que las empresas que están autorizadas para la actividad de CRA pueden comprobar de forma remota el estado del sistema de seguridad, ésta podría estar habilita- da para realizar los mantenimientos y/o revisiones de los sistemas de alarma que estuviesen conectados. [Del mismo modo que las CRA pueden realizar los servicios de ayuda para la respuesta de las alarmas recibidas mediante el des- plazamiento de vigilantes propios o me- diante empresas subcontratadas para ello, también podrían realizar las activi- dades de mantenimiento para aquellas instalaciones conectadas a su CRA.] Por otro lado, también debería ser objeto de reflexión la modificación que tendría por objeto reducir la periodicidad de las revisiones preventivas en aquellas instalaciones de riesgo bajo a medio que no están obligadas a conectarse a una CRA (grado 2) y, en todo caso, man- tener la periodicidad actual en aquellas que tienen mayor riesgo (grado 3 y 4). La reducción de la periodicidad tendría su fundamento en las recomendaciones del fabricante; es decir, las empresas po- drían atenerse a estas recomendaciones para especificar la periodicidad de es- tas revisiones. Igualmente, las actuales capacidades de los sistemas de alarma permiten conocer su estado en cada momento, por lo que no sería necesario realizar revisiones presenciales con tan poca periodicidad, pudiendo sustituirse dichas revisiones presenciales por revi- siones remotas. Por último, dicha revisión debería po- der realizase conforme a los requisitos del servicio técnico de la empresa man- tenedora que, al fin y al cabo, tienen la responsabilidad de realizar esta revisión, sin necesidad de seguir las guías del ane- xo II y III de la actual Orden Ministerial. Elaboración del proyecto de ins- talación del sistema de seguridad . El proyecto de instalación al que hacen re- ferencia los artículos 46 de la Ley de Se- guridad Privada y 42 del Reglamento de Seguridad Privada, deberían poder ela- borarse utilizando como guía la Norma UNE-CLC/TS 50131-7. Sin embargo, la actualización de este aspecto en la nue- va regulación dejaría a mejor criterio de la empresa de seguridad el formato del mismo, siempre que en él se determi- nen las características de la instalación, funcionamiento y servicios de seguridad que se pretenden prestar, a fin de conse- guir sistemas que generen un mínimo de falsas alarmas. Asimismo, en los casos en los que el sistema de alarma se destine a viviendas y pequeños establecimientos con riesgo bajo a medio, el proyecto de instalación podrá ser elaborado y firmado por un técnico acreditado conforme a las ins- trucciones del ingeniero de la empresa de seguridad. Procedimientos de verificación de las alarmas registradas en las CRA. La actualización de este aspecto, tal y como mencionábamos anteriormente, sería el de mayor entidad. Para ello, debería establecerse una nueva clasificación de los procedimientos de verificación que dote de una mayor libertad a las CRA para comunicar sus avisos. Esta clasificación podría establecerse en dos grandes bloques, los recogidos por la norma y los “propios” de cada CRA, de tal manera que los recogidos por la norma puedan complementarse por los propios de la CRA y no obliguen a comunicar alarmas que no sean rea- les; así se mejoraría la eficacia de los avisos a las salas. En definitiva, se trata de dejar un margen de libertad a las CRA para que puedan continuar verificando alarmas que seguramente van a ser fal- sas y no estén obligadas a comunicarlas como sucede en la actualidad o, por el / Septiembre-Octubre 2024 53
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