En el sector de la intrusión es muy habitual la contratación de servicios de vigilancia remota a través de una central receptora de alarma (CRA). Este servicio consiste en la conexión de un sistema de vigilancia en el local con un centro de atención remoto (la CRA), lo que permite una supervisión continua de la instalación, haciéndose especialmente importante cuando está desatendida.
Teniendo en cuenta que las centrales receptoras de alarma son centros pensados para sistemas de intrusión, con un grado de seguridad y acreditación importantes, se está desarrollando un nuevo concepto llamado central receptora de incendios. Esta solución sería la equivalente a la CRA, pero específicamente pensando en el servicio para los sistemas de detección y alarma de incendios (SDAI).
Comunicación de la central receptora de incendios
Pensando en la comunicación entre la instalación local y la central receptora de incendios, podemos observar la importancia que tiene que las señales de alarma lleguen desde la instalación hasta la dicha central para que estas puedan atender a las emergencias.
Dicha necesidad se traduce en que es un requisito importante contar con un sistema de comunicación con una disponibilidad y fiabilidad elevada. Para ello, la norma UNE-EN 54-21, derivada de normas del sector de la intrusión, contempla esta situación y certifica de alguna manera la transmisión de la alarma y su supervisión con dicha disponibilidad y fiabilidad. La necesidad recogida en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) de cumplir con la UNE-EN 54-21 será entonces necesaria cuando la CRI acepte recibir las señales de alarma y la responsabilidad de la gestión de la emergencia del local. De no ser así, el requisito sobre la comunicación podrá ser voluntario y estar de acuerdo al nivel del servicio contratado.
La información de la recepción de las señales de alarma es suficiente para la gestión de la emergencia y se convierte en el servicio fundamental que ofrecen las central receptora de incendios. Sin embargo, conocer solo los elementos en alarma de un local puede ser una información muy reducida y resultaría interesante disponer de más datos al respecto.
Sería, por tanto, conveniente tener la posibilidad de gestionar el SDAI de forma remota. De hecho, algunos SDAI disponen ya de esta funcionalidad.
Telegestión de los SDAI
En base al RIPCI, está permitido el uso de la telegestión en los sistemas de detección y alarma de incendios con fines de mantenimiento. Esta es una conexión remota basada en la simple disponibilidad de información a través de una red de comunicaciones. Ya que su uso está localizado en torno al mantenimiento, no se hace necesario disponer de una alta disponibilidad y fiabilidad en la comunicación. Sin embargo, el hecho de tener acceso al SDAI de forma remota lo convierte en una herramienta potente.
Las operaciones remotas que se permiten sobre el SDAI son las de visualización de la información, actuación y actualización
Las operaciones remotas que se permiten sobre el SDAI son las de visualización de información (alarmas, averías, elementos fuera de servicio, historial, paro de sirenas, etc.), actuación (rearmar eventos o la central, poner o quitar elementos en servicio, activar evacuación…) y actualización (software del sistema, configuración de la instalación, etc).
Desde la perspectiva de la central receptora de incendios, las operaciones de visualización de información y actuación son muy convenientes. Permiten conocer lo que está sucediendo, la posibilidad de dar soporte remoto al cliente y maniobrar sobre el SDAI según convenga en función del suceso o emergencia. Disponer de esta función, además de incrementar la eficiencia de la operación, mejora la imagen y el servicio al cliente.