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Segundo cuatrimestre 2017
artículo técnico
Seguridad Corporativa
D
entro del proceso de expan-
sión internacional en que se
encuentran inmersas nume-
rosas empresas españolas, el desplaza-
miento temporal o de larga duración
al extranjero de empleados es cada vez
más habitual. En compañías multinacio-
nales, es frecuente contar con más de
un millar de trabajadores que se des-
plaza fuera de su país de origen cada
semana. La responsabilidad de las em-
presas por la seguridad de los emplea-
dos (y sus familias cuando residen per-
manentemente en el extranjero) es evi-
dente, como también lo es la especial
atención que merece esta situación
frente a la de los trabajadores contrata-
dos localmente.
Las empresas tienen la obligación de
prevenir los riesgos que afecten a sus
trabajadores. Estos riesgos cam-
bian y aumentan notablemente
en países situados fuera de nues-
tro entorno geográfico y econó-
mico, afectando especialmente a
empleados que son destinados o
se desplazan a zonas de conflicto
o con altas tasas de criminalidad.
El modo en que se mitigarán esos
riesgos será lógicamente diferente
al acostumbrado, sobre todo te-
niendo en cuenta que el marco
legal de la seguridad, en compa-
ración con el que consideramos
habitual en Europa, varía hasta ex-
tremos que los hacen extraños e
irreconocibles.
Por ejemplo, mientras en Es-
paña se consideraría como delito
pagar a un policía a cambio de
la prestación de un servicio pri-
vado de seguridad, en otros paí-
ses –no necesariamente más atra-
sados– es una práctica legal y ne-
cesaria que permite, durante las horas
de duración del contrato, contar con
gran parte de las atribuciones de que
dispone como agente de la autoridad,
incluyendo sus armas o el acceso a ba-
ses de datos policiales.
En cuanto a la especificidad del caso
de los expatriados respecto a los em-
pleados locales, frecuente fuente de
quejas y tensiones en las funciones dia-
rias de los departamentos de Seguri-
dad de las empresas en el ámbito inter-
nacional, es consecuencia de la mayor
indefensión del expatriado: desde as-
pectos como el desconocimiento de la
cultura e idioma locales, contar con me-
nores derechos civiles o la tutela del es-
tado de residencia hasta ser objetivo
muy rentable para organizaciones cri-
minales o terroristas. En cualquier caso,
una mayor atención hacia el empleado
expatriado no supone en ningún caso
que los departamentos de Seguridad
puedan desatender al local, quien, ade-
más de tener derecho a esa protección,
contribuye de manera esencial para al-
canzar un mejor grado de seguridad
para la organización gracias a su cono-
cimiento del entorno.
¿Cómo actuar?
Cada vez más empresas cuentan con
empleados que trabajan y viven fuera
de sus lugares de origen y su deber es
protegerlos. Los departamentos de Se-
guridad se encargan de esa protección,
pero ¿qué dificultad tiene dicha tarea?
Los departamentos de Seguridad han
de realizar un esfuerzo de adaptación
sobresaliente para cumplir con ella. Los
errores en esa adaptación, frecuen-
temente consecuencia de la tras-
posición de los esquemas que se
utilizan para proporcionar seguri-
dad en su país de origen, se tradu-
cen en inaceptables incrementos
de riesgo para los empleados. Otro
error muy habitual es delegar por
completo la seguridad en manos
de proveedores externos, algo que
ocasiona elevados costes a cambio
de una eficacia, en el mejor de los
casos, discutible.
La utilización de esquemas típi-
camente locales, que han funcio-
nado bien durante años en las se-
des centrales de las empresas, es
tan lógica como infructuosa. Esa
utilización persigue que el pro-
blema se adapte a nuestra solu-
ción y no al revés. Esta aproxima-
ción resulta tan fácil como có-
moda, no provoca tensiones con
otros departamentos de la em-
Alberto Torreño
Departamento de Seguridad Corporativa de Repsol
Internacionalización de la seguridad
privada: los expatriados